Condiciones del trasado.
La embarcación deberá tener toda su documentación en regla, incluida la póliza de seguro en vigor y al corriente de pago. El incumplimiento de esta condición impedirá la realización del traslado y ocasionará, por parte del armador, el pago de los gastos y dietas del patrón.
Así mismo, la falta o no operatividad de algún elemento del material de seguridad obligatorio, requerirá la adquisición del mismo. En caso contrario, tampoco podremos realizar el traslado.
La instrumentación del barco deberá de encontrarse en correctas condiciones, la no operatividad del piloto automático ocasionará la necesidad de tripulación extra, y el abono correspondiente de dietas. Disponemos de GPS y emisora portátiles. Son imprescindibles las cartas náuticas de las zonas a navegar.
Se admiten tripulantes en el barco, recomendándose una mínima experiencia de navegación en travesías, para no ocasionar posibles retrasos injustificados.
En todos nuestros traslados predominará sobre cualquier otra circustancia la seguridad, seguida de la rapidez y eficacia. Esto puede ocasionar en muchas situaciones, la conveniencia de fondear o recalar en puerto ante las condiciones meteorológicas o la situación del barco. Se adquirirán, si es posible, los repuestos necesarios para la navegación segura del barco.
El armador puede viajar en el barco siempre que lo desee. En caso contrario, llevaremos un diario de navegación para su información, y nos mantendremos en contacto en todo momento que sea posible y conveniente.
Las embarcaciones nuevas, es conveniente que monten el piloto automático de astillero. En caso contrario, solo lo podremos montar en el puerto de origen si es el equipo para el cual está preparada la bancada del barco. Otros equipos requerirán trabajos de fibra y epoxi que deberán ser realizados en destino.
En estas mismas embarcaciones, recordar que la emisora y el material de seguridad son obligatorios para la navegación, por lo que deberá de suministrarse, así como la antena y cable de antena.
Las embarcaciones de astillero extranjero, necesitarán la solicitud del pasavante, para el cual es necesario poner un nombre al barco, rotularlo y fotografiarlo con el mismo. Dicha documentación, con las fotocopias de las documentaciones de los tripulantes se entregarán en el consulado del puerto de origen. |